SE PRESTAN ASESORÍAS EN PENSIÓN VEJEZ O JUBILACIÓN bogota 7772208
-SE PRESTAN ASESORÍAS EN PENSIÓN VEJEZ O JUBILACIÓN, PENSIÓN DE SOBREVIVENCIA CON 26, 50 150, 300, O MAS SEMANAS COTIZADAS, DEPENDIENDO DEL AÑO EN EL CUAL SE PRODUJO EL FALLECIMIENTO, PENSION POR INVALIDEZ, PENSIÓN POR MUERTE A CAUSA DE UN ACCIDENTE LABORAL O DE TRABAJO, RELIQUIDACIONES DE PENSIONES, DEVOLUCIÓN DE APORTES, INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA, FONDOS PRIVADOS, FUERZAS MILITARES, CAJANAL(UGPP), ENTIDADES TERRITORIALES.
-RÉGIMEN DE TRANSICCION ANTE I.S.S (COLPENSIONES), PENSIONESE ÚNICA MENTE CON 500 SEMANAS COTIZADAS.
- EL SEGURO SOCIAL HOY COLPENSIONES LE HAN NEGADO EL DERECHO A PENSIONARSE. NO ESPERE MAS.
- CAJANAL Y LOS FONDOS PRIVADOS LE HAN NEGADO EL DERECHO A PENSIONARSE, NO ESPERE MAS, CONSULTENOS QUE LA ASESORÍA ES TOTAL MENTE GRATUITA.
- ANTES DEL 1 DE ABRIL DEL AÑO 1994 FALLECIÓ SU CÓNYUGUE O HIJO Y EL SEGURO SOCIAL - COLPENSIONES LES NEGÓ LA PENSIÓN.
- INTERESES POR MORA EN SU PENSIÓN.
- USTED PUEDE TENER DERECHO A DOS (2) PENSIONES, POR VEJEZ Y SOBRE VIVENCIA.
- NO OLVIDE QUE USTED TIENE DERECHO AL INCREMENTO PENSIONAL DEL 14% POR SU CONYUGUE, COMPAÑERA O COMPAÑERO PERMANENTE, Y DEL 7% POR CADA UNO DE LOS HIJOS MENORES O DISCAPACITADOS, O DEPENDIENTES.
- A FALLECIDO SU CONYUGUE, HIJO(A),O COMPAÑERA(O) PERMANENTE, Y CAJANAL ACTUALMENTE LLAMADA U.G.P.P LE NEGO EL DERECHO A LA PENSION DE SOBREVIVENCIA POR NO CONTAR CON VEINTE (20) AÑOS COTIZADOS EN DICHA ENTIDAD, NO ESPERE MAS, LE HACEMOS RECONOCER SU PENSION POR LAS VIAS JUDICIALES A QUE HALLA LUGAR.
-HA FALLECIDO SU CONYUGUE, HIJO (A),COMPEÑERA(O)PERMANENTE, Y LE FUE NEGADA LA PENSION DE SOBREVIVENCIA,HABIENDO COTIZADO SUS APORTES PARA PENSION EN LA CAJA DEPARTAMENTAL DE PREVISION Y HABER TRABAJADO EN ENTIDADES DEL ESTADO COMO OBRAS PUBLICAS DEPARTAMENTALES,FERROCARRILES NACIONALES,RAMA JUDICIAL,MUNICIPIOS,DEPARTAMENTOS,ENTES TERITORIALES,ETC,NO ESPERE MAS,LO ASESORAMOS Y LE HACEMOS RECONOCER SU PENSION POR LAS VIAS JUDICIALES A QUE HALLA LUGAR,EN BASE A SENTENCIAS JUDICIALES EMITIDAS POR LA CORTE CONSTITUCIONAL,Y LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
-AUXILIO FUNERARIO.
-NO OLVIDEN QUE LAS PENSIONES NEGADAS PUEDEN SER RECONOCIDAS POR VIA JUDICIAL.
-EL DERECHO A RECLAMAR PENSION NUNCA PRESCRIBE.
-RÉGIMEN DE TRANSICCION ANTE I.S.S (COLPENSIONES), PENSIONESE ÚNICA MENTE CON 500 SEMANAS COTIZADAS.
- EL SEGURO SOCIAL HOY COLPENSIONES LE HAN NEGADO EL DERECHO A PENSIONARSE. NO ESPERE MAS.
- CAJANAL Y LOS FONDOS PRIVADOS LE HAN NEGADO EL DERECHO A PENSIONARSE, NO ESPERE MAS, CONSULTENOS QUE LA ASESORÍA ES TOTAL MENTE GRATUITA.
- ANTES DEL 1 DE ABRIL DEL AÑO 1994 FALLECIÓ SU CÓNYUGUE O HIJO Y EL SEGURO SOCIAL - COLPENSIONES LES NEGÓ LA PENSIÓN.
- INTERESES POR MORA EN SU PENSIÓN.
- USTED PUEDE TENER DERECHO A DOS (2) PENSIONES, POR VEJEZ Y SOBRE VIVENCIA.
- NO OLVIDE QUE USTED TIENE DERECHO AL INCREMENTO PENSIONAL DEL 14% POR SU CONYUGUE, COMPAÑERA O COMPAÑERO PERMANENTE, Y DEL 7% POR CADA UNO DE LOS HIJOS MENORES O DISCAPACITADOS, O DEPENDIENTES.
- A FALLECIDO SU CONYUGUE, HIJO(A),O COMPAÑERA(O) PERMANENTE, Y CAJANAL ACTUALMENTE LLAMADA U.G.P.P LE NEGO EL DERECHO A LA PENSION DE SOBREVIVENCIA POR NO CONTAR CON VEINTE (20) AÑOS COTIZADOS EN DICHA ENTIDAD, NO ESPERE MAS, LE HACEMOS RECONOCER SU PENSION POR LAS VIAS JUDICIALES A QUE HALLA LUGAR.
-HA FALLECIDO SU CONYUGUE, HIJO (A),COMPEÑERA(O)PERMANENTE
-AUXILIO FUNERARIO.
-NO OLVIDEN QUE LAS PENSIONES NEGADAS PUEDEN SER RECONOCIDAS POR VIA JUDICIAL.
-EL DERECHO A RECLAMAR PENSION NUNCA PRESCRIBE.
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