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Mostrando entradas de junio, 2013

Cuotas Partes Pensionales

Cuotas Partes Pensionales  La financiación de una pensión con Cuota Parte Pensional,  cuando hay lugar a ello, implica que el monto de la pensión  se distribuye en proporción al tiempo servido en cada una  de las entidades públicas en que se laboró. El Artículo 33 del Decreto 2013 del 28 de septiembre de 2012,  estableció: "Cuotas partes pensionales. La administración de  las cuotas partes pensionales por cobrar y por pagar, reconocidas  con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto,  estará a cargo del Instituto de Seguros Sociales en Liquidación.  Las cuotas partes pensionales por cobrar y por pagar, posteriores  a la entrada en vigencia del presente decreto serán administradas en  COLPENSIONES". La Administradora Colombiana de Pensiones –  COLPENSIONES y el Instituto de Seguros Sociales en liquidación,  de manera autónoma e independiente, compartirán la administración  de las cuotas partes pensionales, teniendo en cuenta lo c

Precupensiones

http://teleantioquia.com.co/es/videos/enlace/20130611/resuelve-tus-inquietudes-tema-pensiones/15536.shtml  un buen vídeo para saber de pensiones http://teleantioquia.com.co/search/es/basico?buscador=web&q=pension