Ley 1450 de 2011
Gobierno firma decreto que permite a trabajadores por días que coticen pensión
Juan Manuel Santos. Foto: Colprensa
La medida reglamenta la Ley 1450 de 2011, que estableció la obligación del Gobierno de diseñar un esquema financiero y operativo que posibilite la vinculación de los trabajadores informales del sector primario a los sistemas generales de pensiones y de riesgos profesionales.
En ese sentido, el decreto firmado por el Jefe de Estado dicta disposiciones tendientes a lograr la formalización laboral de los trabajadores informales, regula la cotización a la seguridad social para trabajadores dependientes que laboran por períodos inferiores a un mes y desarrolla el mecanismo financiero y operativo para tal fin.
De acuerdo con el Gobierno, el monto de la cotización para pensiones y subsidio familiar se divide en 4 cotizaciones semanales, en función del número de días laborados por el trabajador, de acuerdo a la siguiente fórmula:
1 a 7 días = una semana de cotización.
8 a 14 = dos semanas de cotización.
La medida determina que los trabajadores dependientes con vinculación laboral, que sean contratados a tiempo parcial, es decir, por menos de treinta días en un mes, y cuya remuneración sea inferior a un salario mínimo legal mensual vigente, podrán ser vinculados a los sistemas de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar.
Si el trabajador no logra cumplir los requisitos para obtener la pensión, puede voluntariamente trasladar su indemnización sustitutiva al mecanismo BEPS (Beneficios Económicos Periódicos)..
LA W RADIO | NOVIEMBRE 20 DE 2013
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