pago parcial de cesantías

pago parcial de cesantías: Empleador verifica documentos, nunca su inversión

Por: actualicese.com
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Publicado: 8 de noviembre de 2011

Si bien la Ley 50 de 1990 y la Ley 1429 de 2010 facultan al empleador para hacer pagos parciales de cesantías, el empleador sólo está obligado a verificar la idoneidad de las pruebas, más no de su inversión final.

Lo primero: ¿Cuándo procede el pago parcial de cesantías?


Requisitos para poder solicitar pago parcial de cesantías al empleador
Pero es válido que el empleador pueda hacer un pago parcial de cesantías cuando el trabajador lo solicite y es únicamente cuando es relacionado con vivienda, o sea, para comprar, remodelar o liberar de una hipoteca, embargo o impuesto (el inmueble debe ser del trabajador o de su cónyuge o compañero permanente).

Con la reforma al artículo 256 del Código Laboral que hiciera la Ley 1429 de 2010, el trabajador deberá presentar las pruebas al empleador y será éste quien debe verificar que las pruebas sean idóneas, pero NO su destinación final, aprobar y hacer el pago parcial.

En otras palabras, el empleador debe verificar que efectivamente el trabajador le esté presentando por ejemplo:

  • Promesa de compraventa de inmueble -casa, lote o finca- (suscrita por el trabajador o por su cónyuge o compañero permanente).
  • Contrato de obra civil para la reforma (ampliación, adecuación, arreglo).
  • Factura o cotización de almacén de materiales de construcción.
  • Recibo expedido por el Municipio o Distrito de impuesto predial, valorización (Megaobras en Cali).
  • Prueba de embargo (Certificado de tradición u oficio del Juzgado que ordenó el embargo del inmueble del trabajador o su compañera).

Verificación de pruebas, NUNCA de su inversión

Como se anotó en el punto anterior, el empleador debe verificar que el trabajador ha presentado documentos relacionados para vivienda, como los ejemplos que citamos, pero nunca el empleador está obligado a verificar si el trabajador hizo la inversión para lo cual presentó las pruebas, en otras palabras, jamás se podrá pretender que el empleador deberá ir a la casa del trabajador a ver si en verdad remodeló el baño con el pago parcial de cesantías que se le hizo, ni muchos menos pedirle pruebas si finalmente compró la casa o si pagó los recibos de impuestos, pues como anotamos, la norma sólo dice que el empleador verificará la idoneidad de los documentos o pruebas presentados por el trabajador para solicitar el pago parcial de cesantías.

El Ministerio de Protección Social se equivocó pero ya rectificó

Expedida la Ley 1429 de 2010, en la cual se autorizó al empleador a verificar y pagar pagos parcial de cesantías sin necesitad de recurrir a la autorización previa del Inspector de Trabajo, el Minprotección Social se había apurado a expedir una circular 011 de Febrero 7 de 2011 donde establecía que el empleador no sólo debía verificar las pruebas aportadas por el trabajador, sino también hacerle un seguimiento a su inversión, en otras palabras, ¡pretendía que el empleador tenía que irse a meter al baño de la casa del trabajador para ver si éste había hecho la reforma o había construido el trampolín junto a la cama!

Evidente error conllevó a que el Minprotección Social aclarara su error mediante elconcepto 162739 de junio 8 de 2011, en el cual dejó claro, que el empleador sólo debe verificar la idoneidad de la documentación que debe presentar el trabajador que solicita el pago parcial y hacer el respectivo pago, pues el empleador NO debe verificar si el trabajador realizó o no la inversión final, pues al fin y al cabo, las cesantías son del trabajador y si éste las invierte en asuntos distintos a los que argumentó y probó ante el empleador para poderlas retirar, eso es problema del trabajador.

Veamos la aclaración que debió hacer el Minprotección Social en el concepto 162739 de 2011:

“ […] considera esta Oficina que resulta imposible para el empleador entrar a verificar al detalle, si el trabajador utilizó en lo que adujo, hasta el último centavo del anticipo solicitado, por lo que su responsabilidad se limitará a verificar la presentación por parte del trabajador, de los documentos idóneos que demuestren los rubros en los que se invertirán los dineros del anticipo solicitado, procurando salvaguardar situaciones extremas, al considerar cualquier documento como suficiente, ni solicitar pruebas grafológicas que permitan determinar su autenticidad, pues ha de tenerse en cuenta que, desde la fecha de expedición de la anterior normativa, han pasado varios años, las costumbres han cambiado y por encima de todo, debe partirse del principio constitucional de la buena fe, aunado al hecho, que en realidad, esos dineros son del trabajador, sólo que se le está haciendo entrega de los mismos de manera anticipada y aún cuando el estado protector limita su uso en procura de lograr la mejor destinación de las mismas y en últimas, habrá de ser sobre el trabajador, no del empleador, sobre quien recaiga el júbilo o el pésame, por el uso o la destinación dada a las mismas y ciertamente, no existe ninguna consecuencia jurídica en cabeza del trabajador, por no haber dado el uso para el que solicitó el retiro parcial del auxilio de cesantía. […]” (Subrayado y negrillas nuestro)

Pero si el trabajador presenta pruebas para vivienda y finalmente las utiliza en otra cosa, ¿sería una falta castigada?

No. Como anota el concepto del Minprotección social y así también se ha pronunciado la Corte Suprema de Justicia, si el trabajador le da un uso distinto a los motivos y pruebas que adujó para solicitar el pago parcial, eso es problema del trabajador, pues al fin y al cabo es dinero del trabajador.

De tal manera que si el trabajador presenta una promesa de compra venta de inmueble, la empresa con dicha prueba le hace el pago parcial de cesantías, pero el trabajador al cabo de unos días aparece con un carro nuevo y no compró la casa, la empresa NO le puede decir ni tomar ninguna represalia.

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