El Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, en observancia a lo dispuesto en el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia, el


El Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, en observancia a lo dispuesto en el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia, el cual señala que el Congreso expedirá el estatuto del trabajo, ha realizado un documento en el cual presenta el texto que se convertiría en el proyecto de ley por medio del cual se establece el Estatuto Laboral en Colombia.

El Estatuto tiene como objeto “…garantizar a los trabajadores la protección especial de sus derechos en el desarrollo de todas las etapas de su relación laboral en condiciones acordes con los postulados de la dignidad humana, mediante la búsqueda de la equidad entre los trabajadores y empleadores, en observancia de la coordinación económica y la justicia social en sus relaciones.

El texto cumple una función integradora de principios mínimos que deben regir las relaciones laborales, por lo que no modifica ni deroga las disposiciones previstas en el Código Sustantivo del Trabajo ni aquéllas normas que regulan el servicio público, salvo que sean contrarias al Estatuto.

En razón a lo anterior, esta propuesta recoge y desarrolla los Principios de Igualdad; de Remuneración Mínima, Vital y Móvil; de Estabilidad; de Irrenunciabilidad; de la Situación Más Favorable al Trabajador y de la Primacía de la Realidad Sobre la Forma.

http://www.ape.org.co/a-consideracion-proyecto-de-estatuto-del-trabajo/

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