Liquidación de las cesantías definitivas mil

Prestación por el tiempo de servicio prestado que se reconoce al momento de ser retirado en forma definitiva de la institución, por retiro voluntario o llamamiento a calificar servicio.
FUNCIONARIOS QUE TIENEN DERECHO:

- Empleados públicos.
- Trabajadores Oficiales.
- Personal de Oficiales y Suboficiales.
- Infantes de Marina Profesionales.



NORMATIVIDAD:

- Decreto 1211 de 1990, art 162
- Decreto 1214 de 1990, art 96
- Decreto 1794 de 2000, art 09



DOCUMENTOS QUE DEBEN SER APORTADOS POR EL INTERESADO:

PERSONAL MILITAR:

- Formato único prestacional debidamente diligenciado
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía legible ampliada al 150%
- Registro civil de matrimonio y de nacimiento de los hijos, legibles y sin tachones o enmendaduras.
- Certificado de estudios de los hijos con edades entre 21 y 24 años
- Oficiales con curso de estado mayor debe anexar copia de la resolución que aprueba el curso.
- Oficiales de insignia debe anexar copia del acta del senado donde se aprueba ascenso al grado de oficial de insignia
- Personal con derecho a asignación de retiro que posea deudas con la agencia logística, clubes, cooperativas e institutos codificados por el Ministerio de Defensa, deberán presentar paz y salvo para que estos valores no sean descontados de las cesantías y solicitar directamente ante la entidad el traslado de la deuda a la nómina de la caja de retiro de las fuerzas militares.
- Personal de Oficiales sin asignación de retiro allegar paz y salvo del club militar.
- Fotocopia de la resolución de retiro
- Certificación bancaria original
- Dirección de correo electrónico


PERSONAL CIVIL:

- Formato único prestacional debidamente diligenciado
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía legible ampliada al 150%
- Registro civil de matrimonio y de nacimiento de los hijos, legibles y sin tachones o enmendaduras.
- Certificado de estudios de los hijos con edades entre 21 y 24 años
- Declaración juramentada donde indique que no devenga pensión de jubilación por ninguna entidad publica.
- Personal con grado TO, copia de los contratos y sus respectivas prorrogas y acta de terminación.
- Personal con grado TO profesor hora cátedra, certificación del dpto de personal con No. de contrato, sus respectivas prorrogas y acta de terminación de lapsos laborados y horas trabajadas o en su defecto copia de los contratos.
- Tiempo discontinuo en el MDN y si trabajó en otros entes oficiales debe allegar certificaciones en original especificando lapsos de tiempos laborados además, en que fondo de pensión aportó el lapso laborado. Si existe derecho a pensión por cuota parte deberá anexar también la partida de bautizo.
- Personal de la Sanidad debe anexar certificación de haberes DGSM y resolución de baja DGSM.
- Personal con derecho a asignación de retiro que posea deudas con la agencia logística, clubes, cooperativas e institutos codificados por el Ministerio de Defensa, deberán presentar paz y salvo para que estos valores no sean descontados de las cesantías y solicitar directamente ante la entidad el traslado de la deuda a la nómina del Ministerio de Defensa Nacional
- Fotocopia de la resolución de retiro
- Certificación bancaria original
- Dirección de correo electrónico

INFANTES DE MARINA PROFESIONALES:

- Formato único prestacional debidamente diligenciado
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía legible ampliada al 150%
- Formato reporte para pago de haberes
- Fotocopia de la libreta militar y conducta
- Certificación bancaria original
- Dirección de correo electrónico

NOTA: El personal con asignación de retiro y/o pensión de invalidez debe anexar 02 copias de cada documento.

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