trabajador intereses sobre cesantías

La empresa debe pagar al trabajador intereses sobre cesantías del 12% anual sobre el valor de las cesantías liquidadas a 31 diciembre, cesantías que debe consignar al fondo de cesantías a más tardar el 14 de febrero del año siguiente.

El fondo de cesantías debe pagar intereses o rendimientos desde el momento en que recibe los dineros consignados por la empresa, y la empresa paga intereses únicamente hasta el 31 de diciembre, de suerte que queda un lapso de tiempo por el cual no se pagan intereses al trabajador.

Supongamos que a 31 de diciembre del 2010 el trabajador tenía en saldo de cesantías de $1.000.000 y la empresa le reconoce un 12% de ese valor ($120.000)

La empresa consigna las cesantías al fondo el 14 de febrero de 2011, y sólo a partir de esa fecha el fondo reconoce los rendimientos de ley.

Esta situación hace que las cesantías del trabajador no generen intereses desde el 01 de enero hasta el 14 de febrero.

Esto parece injusto, pero la ley sólo obliga al empleador a que pague intereses únicamente hasta el 31 de diciembre, y al fondo desde la fecha en que recibe las cesantías, como es de suponer.

El empleador debe pagar los intereses sobre cesantías a más tardar el 31 de enero, pero esos intereses corresponden al valor acumulado a 31 de diciembre, lo que significa que por el mes de enero y parte de febrero no se pagan intereses sobre las cesantías del año anterior

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