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Mi pensión obligatoria, mi futuro

La pensión es el dinero ahorrado durante toda su vida laboral, bien sea con el apoyo de su empleador en la modalidad de contratación laboral o el realizado por usted mismo como trabajador independiente.

Ese ahorro le permitirá estar protegido, con una mesada pensional, una vez cumpla cualquiera de las tres condiciones que prevé la Ley para obtenerla:
  • Vejez: Cuando alcanza la edad para el retiro laboral
  • Invalidez: En caso de incapacidad permanente
  • Sobrevivencia: En caso de fallecimiento, su pensión será entregada a su familia.
¿Y cómo se construye este capital? La Ley exige que todos los trabajadores colombianos realicen aportes mensuales para su pensión, equivalentes al 16% del valor de su salario. Si es trabajador dependiente, su empleador debe asumir el 75% de ese pago y usted está a cargo del 25% restante. Si es un trabajador independiente, debe asumir el pago total del aporte.

La obligación de cotizar cesa cuando se reúnen los requisitos para acceder a la pensión mínima de vejez o la pensión de invalidez. La pensión de vejez puede obtenerse de manera anticipada, siempre y cuando usted tenga un monto de ahorro equivalente al 110% del salario mínimo legal vigente.

Por esta razón es importante que aproveche su edad productiva para ahorrar en la medida de sus posibilidades de manera disciplinada y construir un capital que le garantice la calidad de vida que desea en el futuro.

Existen tres tipos de pensión:
  • Pensión de vejez: es el pago que recibe al terminar la vida laboral, como resultado del ahorro construido en su cuenta individual durante su etapa productiva. Puede solicitar la pensión de vejez a cualquier edad, o al momento de cumplir la edad de pensión, siempre y cuando disponga de un capital suficiente para financiar una pensión igual al 110% del salario mínimo legal vigente.
    Documentos para el trámite de pensión de vejez


  • Pensión de invalidez: es una prestación económica que garantiza un pago mensual en caso de invalidez, es decir cuando se pierde el 50% o más de la capacidad laboral por cualquier causa diferente de una enfermedad laboral. Se establece con base en el promedio del salario recibido durante los últimos 10 años.
    Documentos para el trámite de pensión de invalidez


  • Pensión de sobrevivencia: es el pago mensual que cubrirá a su beneficiarios de ley en caso de que fallezca, por razones distintas a accidentes de trabajo o enfermedad profesional, pues para estos casos la cobertura es ofrecida por las Administradoras de Riesgos Profesionales.
    Documentos para el trámite de pensión de sobrevivencia

Fecha última actualización: Martes 14 de febrero de 2012

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